El objeto de la presente Orden es incorporar nuevas tecnologías que permitan que el comercio local responda a los nuevos hábitos de consumo, debiendo estar incluidos en una o varias de las cuatro categorías siguientes:
• Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.
• Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
• Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla.
• Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.
En la base cuarta de la presente Orden encontraran todos los proyectos subvencionables.
La cuantía de la subvención será por cada empresa del sector comercial solicitante, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante, de tal forma que si una empresa solicita subvención para más de un establecimiento comercial la cuantía máxima de subvención a conceder no podrá superar dicho importe. No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.
Podrán subvencionarse los proyectos y gastos establecidos en la base cuarta del anexo I a la presente orden, siempre que se hayan ejecutado dentro del periodo subvencionable, que se extenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta el 14 de febrero de 2023, ambos inclusive, y estén efectivamente pagados dentro del plazo de justificación, establecido en el apartado undécimo.
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de este extracto de convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», es decir, desde el 30 de Diciembre de 2022, hasta el 31 de enero de 2023, inclusive.