SUVENCIONES MODERNIZACION COMERCIO GALICIA

Se ha publicado en el DOG la ORDEN de 19 de abril de 2021 por el que se establecen las bases normativas para el otorgamiento, en régimen competitivo, de subsidios para la implementación y promoción de la estrategia digital y modernización del sector comercial y artesanal, y su convocatoria para el año 2021

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas naturales o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que en todo caso cumplan también con los siguientes requisitos:

  • Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social esté ubicado en la Comunidad Autónoma y que cumplan con los requisitos que establece la ley para el desarrollo de la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial online, deberán tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • b) Que, teniendo la condición de PYME emplean a menos de veinte (20) trabajadores y no se consideran un gran establecimiento comercial de acuerdo con la normativa aplicable.
  • c) Que se encuentren registrados en alguna de las secciones del IAE que se enumeran en los Anexos II y III y que esta constituya la actividad principal del solicitante. En el caso de que la actividad principal sea una actividad de las rúbricas enumeradas en el anexo III, deberán estar registradas en cualquier actividad comercial enumerada en el anexo II.
  • d) Que realicen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, salvo que la actividad comercial se encuadre en el artículo 653.1 del IAE.

El objeto de esta subvención es otorgar subsidios para la implementación y promoción de la estrategia digital y la modernización del sector comercial y artesanal.

Se considerarán subvencionables, siempre que se realicen y se paguen efectivamente desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el plazo de justificación previsto en el artículo 20, (el 29 de octubre de 2021 ) por el impacto que han tenido los sectores del comercio y la artesanía,  tanto, el periodo de rebajas invernales como la campaña navideña, que son para muchos establecimientos el momento idóneo para el lanzamiento de nuevas propuestas comerciales, en establecimientos y a través del canal digital,  las siguientes:

  • Promoción de la transformación digital
  • Optimización y agilización de los procesos de negocio
  • Herramientas de comunicación, publicidad y marketing 4.0, en Internet o utilizando nuevas tecnologías
  • Acciones de marketing digital.
  • Logística de comercio electrónico 
  • Logística de comercio electrónico sostenible en el kilómetro cero.

Para todas estas actuaciones, la inversión máxima subvencionable será de 10.000,00 € (IVA excluido) y el porcentaje de subvención será del 80%.

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, que se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia .

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