Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa industrial de la Comunidad de Madrid

Plazo de presentación hasta el 31 de diciembre de 2020
La línea de ayudas para mejora de la eficiencia energética en las industrias de la Comunidad de Madrid, cuya convocatoria se publicó el 14 de agosto de 2019  mediante la Orden de 31 de julio de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial de la Comunidad de Madrid, reguladas en el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril.
Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética objeto de la ayuda deben llevarse a cabo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, deben cumplir con los requisitos que se establecen en el Anexo IV del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, encuadrándose en una o varias de las siguientes tipologías:
a) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
b) Implantación de sistemas de gestión energética.
Dado el carácter incentivador de las ayudas, las actuaciones objeto de las mismas no podrán haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.
El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de la ayuda será de 24 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Para poder acogerse a este programa de ayudas, las actuaciones habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por las bases reguladoras, aprobadas por Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, justificando el ahorro energético y la reducción de las emisiones de CO2.
La dotación de esta convocatoria de ayudas para el año 2020 es de  15.000.000 de euros.
Los beneficiarios podrán presentar la solicitud hasta:
a) Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.
b) Que se llegue a 31 de diciembre de 2020 sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible.
La cuantía de las ayudas es la establecida en el Anexo I del RD 263/2019 con un máximo de 2.000.000 € por proyecto y 4.000.000 € por beneficiario.
 
Presentación de solicitudes

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