ORDEN de 18 de mayo de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2021, el programa de apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales ante la COVID-19.
Por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria, para el ejercicio 2021, del programa de ayudas destinadas a la Modernización de Establecimientos Comerciales ante la COVID-19.
Las líneas de subvención son las siguientes :
· Línea 1. Renovación de la imagen del establecimiento comercial.
· Línea 2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación.
· Línea 3. Condiciones higiénico-sanitarias.
Las inversiones realizadas deberán tener un importe mínimo de inversión admitida por establecimiento comercial de:
· 4.000 euros para las inversiones recogidas en la Línea 1.
· 900 euros para las inversiones recogidas en la Línea 2.
· 900 euros para las inversiones recogidas en la Línea 3.
En aquellos casos en que se realicen inversiones en más de una categoría subvencionable, únicamente serán subvencionables las inversiones de aquellas categorías que cumplan con el importe mínimo de inversión admitida.
Las inversiones recogidas en la presente Orden serán subvencionadas con un porcentaje del 25 % sobre la inversión admisible, respetando en cualquier caso las cuantías mínimas para ser subvencionable. En ningún caso el importe máximo de subvención sobrepasará los 9.000 euros por establecimiento y año.
La realización de las inversiones, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben estar comprendidos en el período que va desde el 4 de agosto de 2020 y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
Presentación de solicitudes.
· El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
· Se presentará una única solicitud por cada establecimiento comercial, y para ser admitida deberá estar cumplimentada en su totalidad.
· El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente a través la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.