La Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid establece incentivos a la contratación por cuenta ajena, con el objetivo de facilitar la incorporación al mercado de trabajo de personas desempleadas o en demanda de empleo, en desarrollo del Pacto de Empleo, firmado en el marco del diálogo social con los Sindicatos y CEIM.
En concreto, se concederán ayudas a la contratación consistentes en una cantidad económica por cada contratación a jornada completa o parcial, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE realizada con una duración mínima de 6 meses.
Podrán concurrir a la convocatoria autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid, que reúnan los requisitos que se determinan en la convocatoria y que hayan contratado a personas desempleadas o demandantes de empleo empadronadas en dicha ciudad.
Cada empresa solo podrá solicitar subvención para un máximo de 10 trabajadores.
A estos efectos se tendrán en cuenta las contrataciones, modificaciones o renovaciones efectuadas desde el 1 de septiembre de 2022.
Las cuantías serán las siguientes:
a) 3.000 € si la modalidad de la contratación es a jornada completa. Esta cuantía se verá incrementada en un 40% cuando la contratación se realice con mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% (4.200 €).
b) 1.450 € si la modalidad de la contratación es, a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales. Esta cuantía se verá incrementada en un 40% cuando la contratación se realice con mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% (2.030 €).
La duración mínima de la contratación, renovación o modificación con incremento de jornada laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, será de 6 meses, quedando excluidas de la subvención las contrataciones en las que se establezca una jornada laboral a tiempo parcial inferior a 20 horas semanales
El plazo de presentación de solicitudes está ya abierto y permanecerá hasta agotar el crédito existente, y en todo caso, hasta el 31 de agosto 2023.
Las solicitudes se deberán presentar cuando se hayan cumplido, como mínimo, 6 meses desde la contratación, modificación, renovación o reincorporación de un ERTE, por las que se solicita subvención. Los modelos puestos a disposición la sede electrónica, los modelos están a su disposición en la sede electrónica, pueden acceder pinchando aquí