Se ha publicado la Orden por la que se regula y convoca el programa para la reactivación del pequeño comercio local e incentivos al consumo en establecimientos del sector comercial y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana de la Comunidad Autónoma del País Vasco «Euskadi bono-comercio / Euskadi bono-denda».
Plazo
Plazo de adhesión del comerciante: Del 24/10/2024 hasta el 30/10/2024
Plazo de utilización de los bonos: Del 15/11/2024 hasta el 05/12/2024
Objeto
Establecer y regular el programa «Euskadi bono-comercio / Euskadi bono-denda», de fomento del consumo de bienes y la prestación de servicios en establecimientos comerciales minoristas y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana por personas empresarias autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio 2024.
¿A quién va dirigido?
Personas físicas, mayores de dieciséis años con residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que accedan a los «Euskadi bono-comercio / Euskadi bono-denda» distribuidos por los tres Territorios Históricos, según los medios y cauces establecidos en la presente Orden.
Requisitos
Podrán adherirse al programa bonos Activa comercio los establecimientos comerciales minoristas que cumplan los siguientes requisitos:
- Dedicarse y estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en una actividad que esté encuadrada en alguno de los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el Anexo II de la presente Orden.
- Ser personas empresarias autónomas, microempresas o pequeñas empresas.
- Hallarse al corriente con Hacienda y Seguridad Social y, en su caso, de las obligaciones de reintegro de subvenciones.
- Condiciones establecidas en la declaración responsable necesaria para la adhesión al programa.
Pueden consultar la totalidad de la Orden en el siguiente enlace: https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2024/10/2404864a.pdf